INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TUXTEPEC
TALLER DE ÉTICA
DRA. MARÍA DEL ROCÍO ESPINOSA ÁVILA.
TEMA: " LA JUSTICIA"
INTEGRANTES DEL EQUIPO:
*AVELINA MAROTO HERNANDEZ
*ROCÍO ESMERALDA MERINO MENDOZA
*LEONARDA GONZÁLEZ LUCAS
*FAUSTINA JERÓNIMO ALBINO
GRUPO: "A" SEMESTRE: 2DO SEMESTRE
FECHA DE ENTREGA: 24 DE FEBRERO DEL 2017.
¿QUE ES LA JUSTICIA?
La justicia es un conjunto de valores esenciales sobre los cuales debe basarse una sociedad y el Estado,
estos valores son; el respeto, la
equidad, la igualdad y la libertad.
La justicia en sentido formal es el conjunto de normas codificadas
aplicadas por jueces que al ser violadas el Estado imparte justicia,
suprimiendo la acción o inacción que genero la afectación del bien común.
AUTOR
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DEFINICIÓN
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LA BIBLIA
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SOCRATES
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Las
virtudes se identificada con la Ciencia y puede ser enseñada como esta. La justicia
es una virtud y la justicia divina está por encima de la justicia particular.
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PLATON
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Preferible era
sufrir la injusticia que cometerla. La justicia era una de las cuatro
virtudes capitales que después pasarían a la filosofía cristiana con el
nombre de virtudes cardinales. Ellas son: Prudencia, justicia, fortaleza y
templanza. Para Platón la finalidad del Estado es lograr la felicidad por
medio de la virtud.
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ARISTOTELES
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Existen
varias formas de justicia: La distributiva, referida al reparto de bienes y
honres a los ciudadanos según sus méritos, y la rectificadora o igualadora,
destinada a presidir las relaciones de cambio. Fue Aristóteles el primero que
hablo de equidad como medio para aplicar la justicia
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ENNECCERUS
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La
historia nos presenta ejemplo de derechos injustos. Nuestro deber es luchar
contra ellos, pero no les podemos negar el carácter de derecho.
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SANTO TOMAS DE AQUINO
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La
justicia es un hábito por el cual el hombre quiere y obra rectamente. Por
medio de ella se consigue el bien común. Tomas como seguidor de Aristóteles,
piensa que el fin del estado es el mantenimiento de la paz interior, mediante
la protección de los enemigos exteriores, y la administración de justicia en
el estado. Este clasifica la justicia en: Conmutativa, distributiva y legal,
siguiendo el pensamiento de Aristóteles. Pero vinculando a los problemas dogmático
de la iglesia.
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ULPIANO
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Es
la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde,
lo suyo. Ulpiano individualiza la justicia como: Dar a cada quien lo que le
corresponde, su propio derecho, si es un ladrón la prisión, si es un virtuoso
que se le aplauda por virtudes, en fin, lo que por derecho le corresponde.
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CARL LARENI
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El
niño pequeño siente amargura cuando se ve tratado injustamente ante sus
hermanos o compañeros. Ellos indican que el sentimiento de justicia es
inherente al ser humano
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LUIS RECASENS SICHES
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El
Derecho puede ser injusto en el sentido de un Derecho fracasado, pero todo
derecho debe tender a ser justo y a realizar la justicia, debe procurar ser
justo. No obstante, el Derecho injusto sigue siendo Derecho.
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“TIPOS
DE JUSTICIA”
JUSTICIA
DISTRIBUTIVA:
Es aquella
que busca repartir en forma equitativa, en forma justa, todo aquel conjunto de
bienes y servicios que la sociedad produce.
LA JUSTICIA
CONMUTATIVA:
Es aquella
que tiende a establecer una igualdad dentro de las relaciones contractuales, a
través de la cual debe obtener cada quien lo que le corresponda.
“OTROS
TIPOS DE JUSTICIA”
u La justicia social: Es un trato liberal a
los hombres que trabajan y una consecuente distribución de los bienes de
acuerdo con un profundo sentido humanitario.
u La justicia como
virtud: las virtudes éticas y morales son hábitos,
disposiciones voluntarias y adquiridas que consisten de medio en relación con
nosotros mismos, definidas por la razón.
u Justicia como
conocimiento: La justicia es criterio práctico que expresa la
armonía e igualdad postulada por el orden ontológico en cuanto este se refiere
al hombre. Como un cuerpo de conocimiento teórico dirigidos a algo, a una
acción, a algo práctico.
“REQUISITOS ESENCIALES DE LA JUSTICIA.”
A) ALTERIDAD DE PERSONAS.
Alteridad viene de “alter”, Hemos dicho que
propiamente no hay obligación de justicia respeto de nosotros mismos ni de los
seres irracionales, porque la relación de justicia existe siempre entre dos
personas.
B) EXISTENCIA DE UN DEBER Y UN
DERECHO.
Porque lo que se le atribuye al otro supone en
él un auténtico derecho subjetivo y un deber jurídico en el obligado.
C) IGUALDAD.
Es el tercer requisito esencial.
La igualdad o identidad entre dos o más cosas. Por comunidad o
coincidencia de naturaleza o accidentes, correspondencia armonía y
proporción entre los elementos integrantes de un todo.
D) OBJETIVIDAD.
Actitud crítica imparcial que se apoya en datos
y situaciones reales, despojadas de prejuicios y apartada de intereses, para
concluir sobre hechos y conductas.
BIBLIOGRAFIA
u
Ética del ejercicio profesional/berumen/gomar/gomar.
u
Manual moderno de ética. José Manuel Villalpando.
Editorial Porrúa, s.a. 1984
u
Excelencia personal: valores/Luis Jorge González
u
Ética o filosofía moral. Luz García Alonso. Editorial
diana 1993
LINKOGRAFIA
http:/www.artículosdeetica.justicia
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